El pasado 5 de Abril el Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó el Real Decreto 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, estableciendo que
todo inmueble que se ponga a la venta o en alquiler, o se publicite para dichos fines, deberá disponer de un certificado de eficiencia energética a partir del 1 de Junio.
La certificación calcula el consumo anual de energía necesario para mantenerlo bajo condiciones de normal funcionamiento y ocupación, considerando la producción de agua caliente, la calefacción, la refrigeración, la ventilación y la iluminación. Después de la revisión se expide un certificado de eficiencia energética y se asigna una etiqueta energética, la cual debe estar indicado en su publicidad y sirve para comparar el consumo de energía de los distintos inmuebles. El certificado, que tiene una validez de 10 años, debe ser elaborado por un técnico habilitado para ello.